Abierto el plazo para solicitar las ayudas por comedor escolar y/o libros de texto (Resolución de 16/06/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha para el curso 2026/2027). El Decreto 47/2025, de 1 de julio La norma reguladora de la ayuda de libros está sincronizada con
banco de libros, al tratarse de prestaciones que actúan sobre el mismo objeto. De este modo, las ayudas para el uso de libros de
texto y materiales curriculares irán destinadas al alumnado de
Educación Primaria y Secundaria Obligatoria que no participa en el
Banco de libros por no reunir los requisitos establecidos en el
Decreto 26/2024 y se encuentra en alguna de estas situaciones: ·
Alumnado que utiliza material fungible no reutilizable de 1º
y 2º EP, o digital en un proceso de
desescalada de dicho formato hacia el libro de texto. ·
Alumnado de centros concertados no adheridos a Banco de Libros. ·
Alumnado que accede por primera vez a Banco de Libros, ya sea
porque proviene de un centro en el que no existe dicha modalidad, o de un curso
con material fungible no reutilizable (paso de 2º a 3º de EP). La concesión es de tramo único y se adjudicarán en
función de la renta familiar fijada en el apartado tercero, punto
3.1 de la resolución 16/06/2026 de la convocatoria. En el caso de las ayudas de comedor escolar, se
mantienen con los mismos criterios del curso 2025/2026, fijando una ayuda total
del 100% o parcial del 50% en función del tramo de renta familiar fijada en
el apartado tercero, punto 3.2 de la resolución
16/06/2026 de la convocatoria. El plazo ordinario para presentar las solicitudes tanto el alumnado como los centros
privados concertados es del 19 de junio al 2 de julio, ambos
incluidos.
La solicitud se realiza a través de la Plataforma
Educamos de forma telemática. Se establece un periodo extraordinario, a partir del 1 de septiembre
limitado a los siguientes casos: -En la primera quincena de septiembre para el alumnado que
procediendo de un curso o un centro incluido en el Banco de Libros se matricule
en un curso o un centro no incluido en el Banco de Libros. -Para el alumnado no incluido en el párrafo anterior que se
matricule por primera vez en cualquiera de las enseñanzas incluidas en el
ámbito de aplicación de este decreto en centros docentes de Castilla-La Mancha
sostenidos con fondos públicos. Si por circunstancias sobrevenidas durante el curso escolar se
produce una modificación en la situación económica o familiar del alumno que
determine la concurrencia de un supuesto de emergencia social, se podrá
solicitar la ayuda prevista en el Decreto, a lo largo de todo el curso escolar. En todo caso, el alumnado que realice nueva matrícula por
traslado podrá solicitar las ayudas durante todo el curso escolar. Requerirá solicitud por parte del interesado, si bien queda
exento de cumplir el requisito de la renta familiar y por tanto será
beneficiario de la ayuda el alumnado: - En situación de orfandad por el fallecimiento de su madre por
causa de violencia de género. - En situación de acogimiento legal. Para minimizar errores y agilizar la gestión de las solicitudes
en los cruces de datos con AEAT por favor revisen los datos que constan en Educamos
con “Pasaporte” en “Tipo de documentación” que si han obtenido nueva
identificación NIE o DNI acudan al centro educativo para que los datos
sean actualizados en la ficha del alumno/a antes de solicitar la ayuda
en los centros educativos
Aconsejamos que esperen 24 horas para hacer la solicitud con la
nueva identificación. Si solo tienen como identificación el pasaporte, deberá
aportar al cumplimentar la solicitud en el apartado de 'Documentación
Adicional' la documentación de acreditación fecha de entrada en el país (Pasaporte sellado / registro en el Sistema de Entradas y Salidas
(EES) / Certificación emitida por Policía / Certificado de empadronamiento
histórico / Informe Servicios Sociales o cualquier otro documento válido en
derecho que acredite la identidad y fecha de entrada en España). |

